Artikel 69: Presencia de ministros y secretarios de Estado
- Los Ministros y los Secretarios de Estado tienen acceso a las sesiones y podrán participar en la deliberación.
- Podrán ser invitados por las Cámaras, tanto por separado como reunidas en sesión conjunta, a asistir a las sesiones.
- Podrán hacerse asistir en las sesiones por las personas que hayan designado a tal efecto.
In andere talen:
English
- Ministers and State Secretaries shall have the right to attend sittings of the States General and may take part in the deliberations.
- They may be invited to be present at sittings of the Houses of the States General meeting either separately or in joint session.
- They may be assisted at the sittings by persons nominated by them.
Français
- Les ministres et les secrétaires d'État ont accès aux séances et peuvent participer aux délibérations.
- Ils peuvent être invités par les Chambres siégeant séparément ou réunies en une seule assemblée à être présents aux séances.
- Ils peuvent se faire assister aux séances par des personnes qu'ils désignent à cet effet.
Deutsch
- Die Minister und die Staatssekretäre sind zu den Sitzungen zugelassen und können an den Beratungen teilnehmen.
- Sie können von den Kammern gesondert und in einer Vollversammlung aufgefordert werden, der Sitzung beizuwohnen.
- Sie können sich in den Sitzungen von von ihnen beauftragten Personen assistieren lassen.
Español
- Los Ministros y los Secretarios de Estado tienen acceso a las sesiones y podrán participar en la deliberación.
- Podrán ser invitados por las Cámaras, tanto por separado como reunidas en sesión conjunta, a asistir a las sesiones.
- Podrán hacerse asistir en las sesiones por las personas que hayan designado a tal efecto.
Explicación
Tenga en cuenta que solo la versión neerlandesa de la Constitución tiene validez.
Los ministros y secretarios de Estado tienen acceso a las sesiones de la Cámara de Representantes y del Senado y pueden participar en las deliberaciones. Las Cámaras pueden requerir su presencia, pero el propio gobierno decide quién habla en su nombre.
Los ministros y secretarios de Estado pueden contar con la asistencia de, por ejemplo, funcionarios públicos o comisionados gubernamentales. Este fue el caso, por ejemplo, durante el examen de las propuestas de reforma constitucional entre 1976 y 1982, cuando el comisionado gubernamental Simons intervino con regularidad.